Iluminación ambiental

Iluminación ambiental

Es la iluminación que permite la circulación del público dentro de la sala, la lectura de programas, etc. También incluye la iluminación decorativa y arquitectónica del edificio. Generalmente se apaga durante la representación, excepto en música clásica y coral.
Iluminación de emergencia: iluminación de las vías de circulación dentro de la sala durante la representación, con las luminarias situadas al nivel del suelo o a un nivel bajo, incorporadas a los pasos entre asientos. Incluye la señalización de emergencia en los puntos de salida del auditorio.
Luces de mantenimiento: iluminación general del auditorio para limpieza y mantenimiento, siendo un sistema separado cuando el auditorio no está siendo utilizado para representaciones o ensayos.
Iluminación de la mesa de dirección: suministro al auditorio para iluminar la localización temporal de la mesa del director durante los ensayos.
Luces de aviso: en los puntos de entrada del auditorio.
Luces azules: zonas del auditorio que deben ser accesibles durante la representación por parte de técnicos y actores son iluminadas con baja intensidad y con una luz azul para evitar la distracción del público.

Fuente: APPLETON, Ian.  Building for the performing arts.  Oxford [etc.] : Butterworth Architecture, 1996


Luces de mantenimiento

En aquellas zonas de la escena donde se necesita un elevado nivel de iluminación para mantenimiento y ajuste, éste se proporciona por un sistema de luces separado del sistema de iluminación de la escena, generalmente fluorescentes para minimizar el consumo.
Durante la representación se requiere un nivel menor de iluminación para no interferir con ella, por lo que se utilizan lámparas incandescentes de bajo voltaje, montadas con filtros que proporcionan una luz azul.

Iluminación decorativa del auditorio

El nivel de iluminación del auditorio afecta a la escala de intensidad requerida en el escenario, y si el público se acostumbra a un nivel elevado será difícil crear los efectos en la escena. El CIBS Code for Interior Lighting 1984 recomienda un nivel de 100 lux para teatros y auditorios, que debe ser considerado como el máximo a proporcionar para que el público pueda leer sus programas. Si el auditorio se usa con frecuencia para conferencias puede ser necesario proporcionar un mayor nivel de iluminación para facilitar la toma de notas.
También el color y materiales de los revestimientos influye en la percepción de la luminosidad del ambiente. Deben evitarse las superficies pulidas que puedan ocasionar reflejos, así como las fuentes de luz intensas. Las luces fluorescentes son difíciles de regular a un nivel bajo, son preferibles las lámparas incandescentes por su tono cálido y su fácil regulación.
Toda la iluminación del auditorio debe estar controlada mediante dimmers. En los salones de descanso se tiende a un nivel de iluminación mayor, pero durante el día puede reducirse la intensidad de las lámparas. Dentro de la sala debe evitarse toda entrada de luz natural.
Es necesaria una iluminación independiente para usos de ensayo y mantenimiento.

Fuente: HAM, Roderick.  Theaters. Planning guidance for design and adaptation.  London [etc.] : Butterworth Architecture, 1987

Iluminación arquitectónica

Las área públicas requieren iluminación de alta calidad con controles adecuados para generar diferentes ambientes en horas y acontecimientos distintos. En el exterior, la iluminación adquiere importancia para indicar el carácter público del edificio.
Dentro de la sala, la iluminación tiene un papel fundamental en la creación de un ambiente determinado para la representación y debe ser controlable en alto grado.. Se necesitarán sistemas de iluminación separados para su uso durante la limpieza, mantenimiento o reparaciones. El control de la iluminación del auditorio debe estar integrado con el sistema de producción de la iluminación.
La zona trasera del escenario debe contar con iluminación adecuada para las diferentes tareas que se llevan a cabo durante la representación.

Iluminación de emergencia


Se precisa un sistema de iluminación de emergencia a lo largo del edificio, incluyendo las señalizaciones luminosas. El nivel lumínico dentro de la sala es particularmente bajo durante la representación y es preciso encontrar un punto de equilibrio con los niveles de iluminación que se necesitan para encontrar las salidas.

Luces de trabajo

Se trata de iluminación de baja intensidad que proporcionan luz a zonas del escenario cuando éste no está en uso. Durante la representación, las luces se suelen filtrar con color azul, para no generar molestias dentro de la sala ni en el escenario. Es habitual el uso de fluorescentes.
El control de estos sistemas de iluminación puede consistir en un simple panel de interruptores o una mesa de control, hasta un multi-procesador para el control remoto. Debe estar integrado con el control de otros sistemas, pero sin conexiones físicas entre ellos.

Fuente: STRONG, Judith.  Theatre buildings. A design guide . Oxon : Routledge, 2010.


Art. 13.

1. El alumbrado eléctrico será obligatorio para todos los edificios y locales de espectáculos y recreos públicos, pudiendo autorizarse, en casos excepcionales y tratándose de instalaciones de carácter provisional, ferias y verbenas, otros sistemas de alumbrado, previo informe de los Servicios Técnicos designados por la Autoridad municipal, que determinarán las prescripciones a que habrán de ajustarse para lograr la luminosidad adecuada sin peligro para la seguridad de las personas.
2. Los locales de pública concurrencia deben tener una iluminación estudiada para que no se produzcan zonas de penumbra y durante todo el tiempo tendrán en todos los puntos comprendidos entre el pavimento y un plano de dos metros sobre el mismo unas iluminaciones mínimas de cinco lux en salas de fiesta y diez lux en cafeterías, bares y similares, pudiendo reducirlas, exclusivamente en los momentos de atracciones, hasta un lux.

Art. 15.

Independientemente del alumbrado eléctrico ordinario, se establecerá en todos los edificios y locales de espectáculos un alumbrado de señalización y otro de emergencia que podrán ser eléctricos o de otra naturaleza, quedando excluidos los de líquidos o gases inflamables. El alumbrado de señalización estará constantemente encendido durante el espectáculo y hasta que el local sea totalmente evacuado por el público. El alumbrado de emergencia será de tal índole que, en caso de falta de alumbrado ordinario, de manera automática genere luz suficiente para la salida del público, con indicación de los sitios por donde ésta haya de efectuarse.
2. Las luces de emergencia y señalización se colocarán sobre las puertas que conduzcan a las salidas, en las escaleras, pasillos y vestíbulos. También serán instaladas en las dependencias accesorias de la sala.
En cada uno de los escalones del local se instalarán pilotos de señalización, conectados a su vez al alumbrado de emergencia, con la suficiente intensidad para que puedan iluminar su huella, a razón de uno por cada metro lineal o fracción.
3. El alumbrado de emergencia deberá ser alimentado por fuentes propias de energía. Cuando la fuente propia de energía esté constituida por baterías de acumuladores o por aparatos autónomos automáticos, se podrá utilizar un suministro exterior para proceder a su carga. La autonomía de la fuente propia de alimentación será como mínimo de una hora.
4. Se admitirán luces de emergencia y señalización alimentadas por pilas o acumuladores individuales o aislados, cuyo funcionamiento deberá estar debidamente atendido, en las mismas condiciones que el apartado anterior.
5. Caso de emplearse pilas o acumuladores para alimentar algún circuito de alumbrado, se situarán aquellas en locales especiales bien ventilados y con pavimento no atacable por el electrolito, salvo que se trate de pilas secas.
6.Los ácidos y demás productos químicos que, en su caso, sean necesarios para su funcionamiento estarán encerrados en lugar separado y las aguas procedentes de los mismos serán convenientemente neutralizadas antes de verterlas al alcantarillado.

Fuente: RD 2816/1982.  Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.


Alumbrado normal en zonas de circulación

1. En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, una iluminancia mínima de 20 lux en zonas exteriores y de 100 lux en zonas interiores, excepto aparcamientos interiores en donde será de 50 lux, medida a nivel del suelo.
El factor de uniformidad media será del 40% como mínimo.
La exigencia de 50 lux debe aplicarse a la totalidad de la superficie (incluidas las propias plazas) ya que es previsible la presencia de peatones en cualquier punto del aparcamiento.
2. En las zonas de los establecimientos de uso Pública Concurrencia en las que la actividad se desarrolle con un nivel bajo de iluminación, como es el caso de los cines, teatros, auditorios, discotecas, etc., se dispondrá una iluminación de balizamiento en las rampas y en cada uno de los peldaños de las escaleras.

Alumbrado de emergencia

1. Dotación

Los edificios dispondrán de un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que puedan abandonar el edificio, evite las situaciones de pánico y permita la visión de las señales indicativas de las salidas y la situación de los equipos y medios de protección existentes Contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes:
a) Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas;
b) Los recorridos desde todo origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro y hasta las zonas de refugio, incluidas las propias zonas de refugio, según definiciones en el Anejo A de DB SI;
c) Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda de 100 m2, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan hasta el exterior o hasta las zonas generales del edificio;
d) Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra incendios y los de riesgo especial, indicados en DB-SI 1;
e) Los aseos generales de planta en edificios de uso público;
f) Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas;
g) Las señales de seguridad;
h) Los itinerarios accesibles.
En los recorridos exteriores hasta llegar al espacio exterior seguro también debe haber alumbrado de emergencia y además se debe garantizar el nivel mínimo de alumbrado normal que se exige en SUA 4-1.

2. Posición y características de las luminarias

Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada las luminarias cumplirán las siguientes condiciones:
a) Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo;
b) Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en los siguientes puntos:
en las puertas existentes en los recorridos de evacuación;
en las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa;
en cualquier otro cambio de nivel;
en los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos;

Características de la instalación

La instalación será fija, estará provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de emergencia. Se considera como fallo de alimentación el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal.
El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar al menos el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 s y el 100% a los 60 s.
La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indican a continuación durante una hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo:
a) En las vías de evacuación cuya anchura no exceda de 2 m, la iluminancia horizontal en el suelo debe ser, como mínimo, 1 lux a lo largo del eje central y 0,5 lux en la banda central que comprende al menos la mitad de la anchura de la vía. Las vías de evacuación con anchura superior a 2 m pueden ser tratadas como varias bandas de 2 m de anchura, como máximo.
b) En los puntos en los que estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección contra incendios de utilización manual y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia horizontal será de 5 Iux, como mínimo.
c) A lo largo de la línea central de una vía de evacuación, la relación entre la iluminancia máxima y la mínima no debe ser mayor que 40:1.
d) Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la reducción del rendimiento luminoso debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento de las lámparas.
e) Con el fin de identificar los colores de seguridad de las señales, el valor mínimo del índice de rendimiento cromático Ra de las lámparas será 40.

Iluminación de las señales de seguridad

La iluminación de las señales de evacuación indicativas de las salidas y de las señales indicativas de los medios manuales de protección contra incendios y de los de primeros auxilios, deben cumplir los siguientes requisitos:
a) La luminancia de cualquier área de color de seguridad de la señal debe ser al menos de 2 cd/m2 en todas las direcciones de visión importantes;
b) La relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco o de seguridad no debe ser mayor de 10:1, debiéndose evitar variaciones importantes entre puntos adyacentes;
c) La relación entre la luminancia Lblanca, y la luminancia Lcolor >10, no será menor que 5:1 ni mayor que 15:1.
d) Las señales de seguridad deben estar iluminadas al menos al 50% de la iluminancia requerida, al cabo de 5 s, y al 100% al cabo de 60 s.

Fuente: DB SUA Documento Básico:  Seguridad de utilización y accesibilidad.


Iluminación de seguridad

Las salas deberán estar equipadas con iluminacion de emergencia, alimentadas por una fuente centralizada consistente en una batería de almacenamiento o por bloques autónomos de iluminación.
Cuando las lámparas de iluminación ambiental están apagadas, la transición al estado de funcionamiento debe ser realizado por un dispositivo automático cuando falla la iluminación ambiental normal.

Fuente:  Règlement de sécurité contre les risques d'incendie et de panique dans les établissements recevant du public.


El apagado de la iluminación de todas las salas y ambientes anexos abiertos al público no debe realizarse hasta que todos los espectadores se hallen fuera del edificio.

Fuente: Circolare Ministero dell’Interno 15/2/1951 n. 16:  Norme di sicurezza per la costruzione, l’esercizio e la vigilanza dei teatri, cinematografi ed altri locali di pubblico spettacolo .